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Atención y Exámenes Médicos

  • Atención y Exámenes Médicos


ANTIGÜEDADATENCIÓN MEDICAEXAMENESSOCIOHIJOS
90 días o más y mayor a $15.000.-$7.000.-$9.000.-8 veces en el año4 veces en el año
Boletas entre $5.000 y $15.000.-$5.000.-$6.000.-8 veces en el año4 veces en el año

Se consideran 8 veces de reembolso para el socio y 4 veces para los hijos (entre atención y exámenes médicos, independientemente del N° de hijos, el total en el año será de 4 veces); tanto boletas mayores e inferiores a $15.000.-

El plazo máximo de cobro de este beneficio, corresponderá a 60 días a contar de la fecha de la prestación médica.Se ampliara el plazo a 180 días para aquellos socios y socias cuya prestación médica y exámenes se realiza en hospitales de las Fuerzas Armadas y Carabineros.

REQUISITOS ATENCIÓN MÉDICA:

a) Presentación del bono de atención médica. En caso de bonos se considera el monto a pagar por el socio después de la bonificación de Isapre o FONASA o cualquier fondo de salud al que este pertenezca.

b) En el caso de reembolsos para hijos, se deberá acreditar la calidad mediante certificado de nacimiento o libreta de matrimonio. En el caso de un socio que mantenga la tutela de un menor, deberá acreditar su calidad de tutor con una resolución judicial acompañado del certificado de nacimiento del infante.

c)  Se consideran hijos válidos para el cobro del beneficio:

  • Los menores de 18 años.
  • Los hijos desde 18 y hasta 28 años que cursen alguna carrera que tenga una malla curricular igual o superior a 4 semestres en universidades o institutos profesionales, acreditando la duración de esta con el correspondiente certificado de Estudios.


d) Los hijos con capacidades diferentes.

e) Si el hijo es socio de la Cooperativa, sólo podrá cobrar por si mismo.

Adicionalmente, en este ítem se consideraran:

a) Tratamientos especializados tales como: Kinesiología, Fonoaudiología, Tecnólogo médico con especialidad Oftalmología y/o Optometría, Servicios de  enfermería  (procedimientos  inyectables  y  curaciones  efectuadas  por personal profesional y solicitado por escrito por el médico tratante, lo cual deberá ser acreditado por el socio). 

b) En el caso de Podólogos deberá ser indicado por médico tratante; y se cancelará el 50% del valor pagado por el socio, con tope de $6.000. 

Respecto a la medicina alternativa, solo se podrá hacer uso del reembolso en lo relativo a; ACUPUNTURA, HOMEOPATÍA Y NATUROPATIA, las cuales son reconocidas como profesiones auxiliares de la salud y reconocidas por el Ministerio de Salud, se debería considerar que tenga Resolución Sanitaria para el ejercicio de la medicina complementaria alternativa (MCA) o revisar el listado de los profesionales autorizados para ejercer esta medicina en http://web.minsal.cl/medicinas-complmentarias/.

c)  REQUISITOS EXÁMENES MÉDICOS:

a) Presentación del bono de atención médica con el timbre de la institución donde se practicó los exámenes y copia de la orden medica de exámenes (deberá hacer la copia  de la orden antes).

b) En el caso de los bonos se considera el monto a pagar por el socio después de la bonificación de Isapre o FONASA o cualquier fondo de salud que este posea.

c) En el caso de cancelar de forma particular, deberá presentar la copia de la boleta  de  honorarios  junto  con  la  orden  de  exámenes  debidamente timbrada.

d) Se contemplan para el cobro de este beneficio, todo tipo de exámenes médicos, adjuntando la orden médica o boleta correspondiente.

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